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¿Cómo actuar ante un riesgo de contaminación?

Hace poco encontré una fisura en un conducto por el que sale un líquido altamente contaminador en la fábrica de productos químicos donde soy supervisor. Avisé a los directores y me pidieron componer la avería, pero requerimos ayuda especializada que las autoridades proporcionan.
La empresa no quiere hacer el reporte pues la falta acarrea multas cuantiosas. Si no se arregla pronto, la contaminación repercutirá en la vida acuática y de los habitantes que utilizan el agua del río a donde va a parar el líquido contaminante.
¿Debo renunciar al empleo y avisar a las autoridades?

 

LOS ASESORES SUGIEREN

1. Sin duda urge detener esa fuga contaminante cuanto antes. Todo parece indicar que es una grave negligencia el que ese accidente se haya dado, y de ahí la multa. Quizá, su misión consista en hacerles ver tal situación a los directores de la empresa.
Hay muchas experiencias en la historia reciente de la industria química sobre lo caro que resulta ignorar estos problemas. Podría también investigarse sobre la posibilidad de que otros agentes (empresas especializadas, contratistas, etcétera) prestaran ayuda especializada para resolver el problema. Pienso que esta solución podría aplicarse (también evitando el reporte) si verdaderamente es correctiva del accidente ecológico que usted estudia. Otro recurso a investigar sería la posibilidad de una denuncia anónima hecha de modo prudente. Las empresas que utilizan productos delicados son frecuentemente inspeccionadas y podría darse «de modo casi natural» que la fuga fuera detectada en una de esas inspecciones.
Por otro lado, trabajar en una empresa que deliberadamente ignora sus compromisos ecológicos y ambientales no es una buena opción, por lo que si agotadas las opciones no quedara más remedio que hacer la denuncia y perder el trabajo, enhorabuena; es mejor eso que hacerse cómplice de daños serios en la salud de otros.
Armando Reygadas
Abogado y consultor de empresas
2. Salvo contadísimas excepciones es inmoral no cumplir con la ley. La empresa no puede excusarse del cumplimiento de una norma que, además, tutela los derechos de terceros. El silencio del empleado sería un tipo de complicidad o, cuando menos, de cooperación con el mal. Los moralistas clásicos consideraron que bajo ciertas condiciones es aceptable cooperar con el mal; sin embargo, se trata de circunstancias extraordinarias. No me parece que éste sea el caso.
Usted ni la empresa tienen la capacidad técnica de evitar el daño directo a otras personas. Se trata de un conflicto entre bienes: el bienestar económico de la empresa y de quienes dependen de ella, o la integridad física de personas ajenas a la compañía. Permanecer en la empresa implicaría un compromiso con el daño contra la comunidad. Sin embargo, antes de pensar en la renuncia, valdría la pena agotar los recursos dentro de la institución. Estoy seguro que encontrará argumentos económicos, técnicos y jurídicos para convencer a los directivos de que a la larga, el cumplimiento de la ley en esta materia será la mejor decisión de negocios.
César Valdivieso
Profesor de ética y filosofía

istmo review
No. 386 
Junio – Julio 2023

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