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Traicionar la confianza

Soy director de mercadotecnia en una empresa y responsable de la base de datos que la compañía adquirió en estudios de mercado y que hemos ampliado considerablemente. En un principio aseguramos a los encuestados la protección de sus datos personales. Con esta información analizamos las tendencias de compra para generar estrategias de branding.
El director general cerró un trato con otra empresa que en las cláusulas incluye el «préstamo» de nuestra base de datos. Considero que con ello traicionamos la confianza de los encuestados, pero esta alianza beneficia ampliamente a la empresa.
¿Cuál es el criterio para tomar la mejor decisión?
Los asesores sugieren
Tal y como se plantea el asunto, el director general está violando una cláusula explícita del acuerdo con los encuestados. Dicho acuerdo no tiene, ciertamente, la fuerza legal de un contrato. La empresa que viola la confidencialidad no estaría cometiendo un delito, pero el director sí estaría cometiendo una injusticia grave. Subrayo el adjetivo «grave» pues todo sugiere que se está sacando un provecho importante de aquella base de datos.
¿La empresa es propietaria de la base de datos? Sí, pero es una propiedad acotada por una cláusula de origen. El volumen del negocio es un indicador, precisamente, del valor que tienen los datos confidenciales. Como en otras ocasiones, habría que aplicar la regla de oro: trata a los demás como te gustaría que te trataran a ti. ¿Le gustaría al director general que otros no respetaran sus compromisos con él?

César Valdivieso

Profesor de Ética y Filosofía

Pacta sunt servanda, decían los antiguos romanos: es decir los compromisos o pactos deben observarse. El uso de esa base de datos debe continuar restringido a lo prometido a los clientes con la protección de sus datos personales. Pienso que esto es compatible con el uso en estrategias de branding (desarrollo e implantación de prestigio en la marca) que mencionas si se sigue cuidando lo pactado.
El nuevo trato con la otra empresa, recientemente adquirido no queda muy explicado en los datos que nos proporcionas. Si se trata de una fusión, pienso que los datos quedan seguros en el nuevo entorno si se renueva el compromiso de protegerlos también ahora desde la otra empresa. Si no fuera así, parece algo ligera la manera de actuar del director general, quien deberá asumir las cargas o prejuicios incluso legales que se generen por su conducta.

Armando Reygadas

Abogado especialista en Ética de Empresa

istmo review
No. 386 
Junio – Julio 2023

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