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12 millones de mexicanos en busca de identidad

En los últimos meses, las condiciones de vida de los mexicanos que residen en Estados Unidos han cobrado mayor visibilidad a propósito de la aprobación de la ley SB 1070 en el estado de Arizona, que autoriza a detener a toda persona que parezca sospechosa de ser inmigrantes indocumentada, con base en su apariencia física.
Esta medida afecta principalmente a los miles de mexicanos que residen o visitan Arizona y encuadra con un patrón de prácticas oficiales denominadas racial profiling –clasificación con base en características raciales–, informadas por motivaciones discriminatorias.
Desde una perspectiva jurídica, esta medida –en caso de ser implementada– resultaría inconsistente con la cláusula de no discriminación que consagra la Enmienda XIV de la Constitución de los Estados Unidos, en términos de seguridad jurídica, protección judicial y debido proceso, así como con la competencia exclusiva del Congreso de los Estados Unidos para legislar en materia migratoria (Artículo 1, Sección 8, cláusula 4).
Además de la progenie de precedentes judiciales en materia de trato discriminatorio a minorías discretas e insulares1 –de cuyas características se alejan cada vez más nuestros conciudadanos aquí radicados, como se verá más adelante–, la evidente inconstitucionalidad de la ley SB 1070 hace muy predecible que los tribunales estadounidenses la declaren inválida.2
UNA LEY DISCRIMINATORIA
Pero más allá de este escenario, debemos reconocer que el caso de Arizona es uno de los múltiples esfuerzos por «minimizar» o «desincentivar» como los refieren eufemísticamente sus defensores, para erradicar gradualmente la presencia de mexicanos en su territorio. Y para ese propósito se valen de diversas medidas jurídicamente válidas, pero cuya implementación viola las libertades individuales de quienes son víctimas de abusos por parte de las autoridades que con base en subterfugios para asegurar el cumplimiento de normas de vialidad o de seguridad interna, realizan redadas sistemáticas expresamente dirigidas a comunidades de origen hispánico, predominantemente mexicanas, que en su mayoría, al no poder acreditar su estancia legal en los Estados Unidos, son sometidas a procesos sumarios que concluyen en su deportación, sin respetar sus garantías procesales mínimas de las que son titulares por el solo hecho de estar en suelo estadounidense.
Este es el asedio cotidiano que enfrentan los 7 millones de mexicanos que actualmente residen de manera ilegal en los Estados Unidos. Por esto, las manifestaciones oficiales en contra de leyes como la de Arizona son imperativas para el gobierno mexicano en el macro-contexto de la defensa de sus nacionales en el exterior, pero al mismo tiempo, se deben poner en marcha medidas eficaces que procuren resolver en la micro-realidad, los sufrimientos a que están expuestos nuestros compatriotas.
Y como veremos a continuación, además de representar ya una comunidad de especial relevancia demográfica y fáctica en la contextura socioeconómica de los Estados Unidos, su defensa ha venido más bien de parte de esa otra porción de estadounidenses que asumen la presencia de los nuestros no sólo como una realidad, sino desde una perspectiva de igualdad en la que –a la luz de las limitaciones materiales y falta de acceso a las defensas necesarias para hacer valer sus derechos– diversas organizaciones no gubernamentales e instituciones de educación superior asumen de manera muy activa –que incluso nos dan ejemplo en la defensa de nuestros compatriotas– la causa de los millones de mexicanos asediados por la ola anti-inmigrante y en muchos casos, anti-mexicana.
Para comprender este fenómeno, es necesario distinguir –a través de un análisis antropológico-social–,3 los componentes del tema que nos ocupa. Debemos empezar por identificar a los participantes del proceso; sus perspectivas, que pueden resumirse en sus grados de identificación, expectativas y demandas; las esferas de decisión que les afectan; las bases de legitimidad o legalidad sobre las que dichas decisiones son adoptadas; las estrategias que los participantes emplean para influir en el proceso social; y finalmente, las consecuencias de las estrategias implementadas. Vamos por partes:4
I. Participantes
Conforme a un estudio realizado en 2008, 12.7 millones de mexicanos viven en los Estados Unidos y representan 32% del total de inmigrantes en este país. De esos casi trece millones de inmigrantes, 7 residen ilegalmente mientras que los 5.7 restantes están debidamente documentados. Estas cifras ubican a los mexicanos como la mayoría de extranjeros residiendo en los Estados Unidos, además de que seis de cada diez residentes indocumentados –de un total de 12 millones–, provienen de México.5 Estas cifras son especialmente reveladoras al casi igualar la cantidad de inmigrantes no autorizados en los Estados Unidos, con la cantidad de mexicanos que ahí residen. Un dato importante es que ya en 2009, uno de cada diez mexicanos vivía en los Estados Unidos.6
II. Perspectivas
Según algunas encuestas el número de mexicanos que ha ingresado a los Estados Unidos en los últimos años decreció aproximadamente 40% en el último cuatrienio. En 2006 ingresaron a este país casi un millón de mexicanos, frente a casi 600 mil en 2009. Por el contrario, el índice de mexicanos que regresa al país se ha mantenido desde 2005 en un promedio de 455 mil por año.7 Esto demuestra el flujo real de los denominados «permisos de trabajo temporales» que la administración Bush trató de impulsar, así como los efectos que propició la recesión de 2006-2007 y la crisis económica de 2008. Sin embargo, estas cifras demuestran que prácticamente la totalidad de los mexicanos que ingresan legal e ilegalmente a los Estados Unidos lo hacen con la expectativa de permanecer de manera definitiva.
El grado de identificación entre la mayoría de los inmigrantes mexicanos es alto: más de 50% tiene entre 18 y 39 años; escolaridad básica o media; un ingreso anual promedio de 20 mil dólares; ingresaron a los Estados Unidos en los últimos diez años y se dedican primordialmente a actividades vinculadas con los ramos agrícola, de transporte, construcción, productivo, mantenimiento y servicios en general. Más de la mitad tiene un empleo estable –incluso después de la crisis económica de 2008 y representa 71% de la fuerza laboral extranjera en los Estados Unidos.8
Sus demandas se concentran en dos aspectos principales: por una parte, el acceso universal a los servicios públicos de salud y educación principalmente, para lo cual deben residir de manera legal, por lo que su segunda demanda consiste en la normalización de su estatus migratorio con la finalidad de gozar de la plena protección de sus derechos civiles, económicos y sociales. Sin embargo, su alto grado de identificación, sus expectativas y demandas son contrarias a los intereses de los votantes estadounidenses de los distritos electorales donde se ubica la mayor densidad de inmigrantes mexicanos, que presionan a sus legisladores para implementar medidas más drásticas en contra de esta primera minoría inmigrada en los Estados Unidos.
III. Esferas de decisión o «situaciones» y bases de legalidad aplicables
La mayoría de las decisiones que afectan la esfera de derechos de los 12.7 millones de mexicanos que residen en los Estados Unidos se adopta a nivel federal por el Congreso, y la implementación de las diversas legislaciones en materia migratoria y de naturalización corresponde a diferentes agencias adscritas al gobierno estadounidense, como los Departamentos de Estado y de Seguridad Interior (Homeland Security); la Oficina de Inmigración y Aduanas (U.S. Immigration and Customs Enforcement), que es la agencia encargada del control fronterizo de tráfico de personas y bienes y depende del Departamento de Seguridad Interior. Esta agencia es la principal responsable de asegurar el cumplimiento de los aproximadamente 400 ordenamientos federales en materia migratoria y aduanera, en cumplimiento de las facultades reservadas para el Congreso y gobierno federales en la Constitución de los Estados Unidos.
Los estados –por disposición constitucional– en materia migratoria deben acatar las disposiciones de la autoridad federal y consecuentemente, cualquier legislación estatal contraria a las políticas de toda la Unión, son susceptibles de inconstitucionalidad.
IV. Estrategias
A propósito de la inocultable tensión entre los intereses de los inmigrantes mexicanos –en particular de los que residen ilegalmente– y las élites políticas locales en los estados de la Unión Americana donde aquéllos tienen mayor presencia, el Congreso ha realizado diversos intentos desde 2006 aproximadamente para generar los consensos suficientes que permitan no una amnistía migratoria completa, como se le ha denominado, sino más bien una legislación realista que permita normalizar bajo parámetros consecuentes con los flujos migratorios prevalecientes y las contribuciones innegables que los inmigrantes mexicanos hacen a la fuerza laboral estadounidense, el estatus migratorio de esos 7 millones de ciudadanos mexicanos que permanecen ilegalmente en los Estados Unidos hasta el momento.9
Los flujos migratorios de los últimos años han demostrado una tendencia a equilibrarse en casi medio millón de mexicanos que emigran y la misma cifra de los que regresan por año al país. De tal forma que es de suponer que la masa crítica de inmigrantes mexicanos que habrán de beneficiarse por la normalización migratoria indispensable para que continúen en paz en los Estados Unidos se mantendrá en 7 millones de personas.
V. Consecuencias y prospectivas
En los últimos años se ha verificado una radicalización ideológica en contra del fenómeno migratorio en los Estados Unidos. La reciente legislación de Arizona es muestra de ello. Por eso, no conviene poner todas las esperanzas en la aprobación de leyes de normalización migratoria como la descrita en el apartado anterior en tanto no exista una mayoría legislativa partidaria de la normalización jurídica de los inmigrantes mexicanos, no como una gracia sino más bien como reconocimiento de una realidad que por más que pretenda «minimizarse» o «desincentivarse» ya forma parte fundamental del tejido social estadounidense. Por eso, es muy importante que el tema migratorio se asimile sin ambigüedades como un componente fundamental de las políticas públicas de largo plazo en México, con una visión preventiva y no reactiva, como hasta ahora ha prevalecido.
RELACIONES DE ANTAÑO
En el otoño de 1908, Francisco I. Madero, en su libro La sucesión presidencial en 1910, describía la situación de los mexicanos que emigraban al norte, en estos términos: «La situación del obrero mexicano es tan precaria, que a pesar de las humillaciones que sufren allende el Río Bravo, anualmente emigran para la vecina República millares de nuestros compatriotas, y la verdad es que su suerte es por allá, menos triste que en su tierra natal ¡México es el único país de toda la América en donde sus nacionales emigran al extranjero! ¿De qué nos sirve nuestro portentoso progreso material, si no tenemos asegurado ni siquiera el sustento honrado a nuestras clases desvalidas?»10
Poco más de cien años después, Madero se sorprendería al atestiguar que una de las dos principales fuentes de ingreso del país son precisamente las remesas que nuestros compatriotas envían desde los Estados Unidos, donde obtienen el doble o triple –en cálculos conservadores– de lo que podrían percibir en México. Sin embargo, el costo ha sido muy alto: desde la angustia de ser deportado por las redadas y procesos sumarios que sólo logran desactivar la oportuna intervención de asociaciones como la American Civil Liberties Union (ACLU)11 o escuelas de derecho como la Yale Law School,12 que a través de su bufete jurídico gratuito, asisten a nuestros compatriotas; hasta el desmembramiento de familias por la distancia, que empieza siendo física y a la larga deriva en una falta de identidad que los hace sentir en tierra de nadie. Residen en un país donde «no los quieren», y añoran otro «al que no pueden volver».
Sin embargo, un estudio publicado a finales de 2009 demostraba que uno de cada tres mexicanos quisiera emigrar a los Estados Unidos para mejorar su calidad de vida y por la situación de inseguridad, narcotráfico, corrupción y deterioro del poder adquisitivo que se enfrenta en el país.13 Estos datos muestran que la perspectiva de disminuir el flujo migratorio a los Estados Unidos desde nuestro país es poco realista, pero al mismo tiempo sirve como llamada de atención para abordar el problema desde la realidad de los participantes afectados por estas políticas, y no en los pasillos de las cancillerías, embajadas y consulados, o en las reuniones bilaterales entre los presidentes de cada país.
Muy probablemente la clave resida en voltear la mirada por una solución hacia otros participantes que en los hechos, han logrado mucho más por nuestros compatriotas que los distintos gobiernos. Y entre esos participantes, si así lo queremos, podemos incluirnos al proponernos entender este fenómeno tan complejo y que tarde o temprano acabará afectándonos de manera directa. El sentirnos parte del mismo al procurar mayor identificación y solidaridad con las expectativas y demandas de nuestros compatriotas que viven más allá del Río Bravo, es un buen comienzo.
_____________________
1 El concepto de minorías «discretas e insulares» se acuñó en una célebre nota de pie de página del caso Carolene Products, en la que se delimitaba la relación de los jueces con agencias del gobierno, facultándose a aquéllos para corregir las «deficiencias legislativas» que conllevaba la aplicación de políticas que resultaran en una victimización de grupos que fueran incapaces de organizarse en coaliciones políticas para defender sus intereses en el marco de las deliberaciones políticas mayoritarias. Cfr. United States v. Carolene Prods. Co., 304 U.S. 144, 152 n. 4 (1938).
2 El 4 de junio de 2010, varias organizaciones encabezadas por la American Civil Liberties Union (ACLU) interpusieron una demanda a la Corte Federal de Distrito en Arizona en la que solicitan que no se aplique la denominada Ley SB 1070 en el estado de Arizona, por considerarla violatoria de la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos y de la Cláusula de Supremacía prevista en el Artículo VI, cláusula 2, del mismo ordenamiento, que prohíbe a cualquier estado legislar en materia migratoria conforme al caso De Canas v. Bica, 424 U.S. 351, 353-354 (1976).
3 Esta metodología corresponde a una escuela de pensamiento forjada en los años 1950 denominada Policy-Oriented Jurisprudence y es comúnmente conocida como la New Haven School. Su postulado principal consiste en analizar los problemas jurídicos y políticos mediante una combinación de herramientas intelectuales de carácter sociológico y prescriptivo –que en el marco de una indispensable interdisciplinariedad– permita la aproximación funcional y realista a los diversos problemas intersubjetivos. Su objetivo principal es consolidar un orden público que maximice los valores universales y la dignidad humana.
4 La mayoría de los datos que aquí se presentan se obtuvieron de diversos estudios del Pew Hispanic Center, y pueden consultarse salvo alguna referencia específica posterior, en www.pewhispanic.org
5 Ver http://pewhispanic.org/files/factsheets/
47.pdf (todas las consultas se realizaron el 6 de junio de 2010).
6 Ver http://pewhispanic.org/files/reports/
112.pdf
7 Idem.
8 Supra, nota 6, tablas 1 y 3.
9 El esfuerzo más reciente se puede verificar en un documento de 26 páginas que elaboraron los senadores demócratas, denominado «Conceptual Proposal for Immigration Reform». Puede consultarse en: http://www.nationaljournal.com/congressdaily/issues/images/graphics_2010/cd-100428-rsm-bill-outline-draft.pdf
10 Madero, Francisco I., La sucesión presidencial en 1910. El Partido Nacional Democrático, San Pedro, Coahuila, México, 1908, p. 238.
11 Ver http://www.aclu.org/immigrants-rights. Si el lector observa con cuidado, podrá apreciar que el eslogan que aparece no solamente en el sitio web de referencia, sino en la fachada de las oficinas de la Asociación, dice «Ningún ser humano es ilegal», denotando una convicción igualitaria y antidiscriminatoria del tratamiento coloquial de «ilegales» que dan a nuestros compatriotas indocumentados en los Estados Unidos.
12 Ofrecen asistencia jurídica a través de la Oficina de Servicios Legales para Comunidades de Inmigrantes. Ver http://www.law.yale.edu/academics/5923.htm
13 http://pewglobal.org/2009/09/23/most-mexicans-see-better-life-in-us-one-in-three-would-migrate/

istmo review
No. 386 
Junio – Julio 2023

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